IRPF – La empresa no puede repercutir al empleado las retenciones no practicadas y reclamadas por la Agencia Tributaria

📅 25 de abril de 2024

🕓 min de lectura

La Dirección General de Tributos ha considerado, en su consulta vinculante V3270-23, de 19 de diciembre de 2023, que desde la perspectiva del retenedor como de la del retenido, por lo que respecta a la posible repercusión a los trabajadores de los importes correspondientes a las retenciones no practicadas en su momento el incorrecto cumplimiento de las obligaciones establecidas a los retenedores y obligados a ingresar a cuenta (por haber practicado en este caso unas retenciones inferiores a las procedentes) no permite en el ámbito estrictamente tributario efectuar deducción alguna de los ingresos de los trabajadores ni reclamar cantidades a los mismos que se deban a retenciones no practicadas en su momento, circunstancia que evidentemente no excluye otras posibles vías de resarcimiento del retenedor respecto al retenido.

Accede a la consulta al completo  AQUÍ

Recursos relacionados

Press Room

Últimas noticias y apariciones en medios

Blog Corporativo

Artículos sobre tecnología y transformación digital

Allyon Insight Hub

Análisis, estudios y whitepapers técnicos

Kit de Prensa

Logos, imágenes y recursos para medios

Contacto de prensa

¿Tienes preguntas o necesitas información adicional?

Apariciones en medios

%

Cobertura positiva

Premios recibidos

Medios colaboradores

¿Eres periodista o representante de medios?

Descarga nuestro kit de prensa con información corporativa, imágenes de alta resolución, logos y recursos adicionales para tus publicaciones.

Suscripción para medios

Recibe nuestros comunicados de prensa y novedades corporativas directamente en tu correo

Solo para profesionales de medios de comunicación. Frecuencia: mensual o según novedades relevantes.