Nuevo plan de inspección centrado en los gastos de entidades parcialmente exentas en el Impuesto sobre Sociedades

📅 17 de diciembre de 2024

🕓 min de lectura

Recientemente, hemos conocido de la existencia de un plan de la Inspección de comprobaciones parciales de los gastos de determinadas Asociaciones sin ánimo de lucro, que tributan en el Impuesto sobre Sociedades como entidades parcialmente exentas.

La deducibilidad fiscal de los gastos de este tipo de entidades depende de si están vinculados a sus ingresos no exentos, a los exentos o bien a ambos, en cuyo caso se aplica un prorrateo.

Pues bien, la Inspección está considerando que los gastos relativos a reuniones, conferencias o congresos organizados en beneficio de sus asociados, en los que se obtienen ingresos no exentos derivados de los patrocinios, se ven afectados por la limitación de la deducibilidad de los gastos por atenciones a clientes o proveedores del 1% del importe neto de la cifra de negocios que recoge el art. 15.e) de la Ley del IS y, a continuación, aplica sobre el importe resultante de gastos deducibles el porcentaje que representan los ingresos no exentos sobre el importe total de ingresos.

Este criterio, ciertamente discutible, puede suponer en algunas asociaciones un elevado coste fiscal.

Accede al Plan de Inspección AQUÍ

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