Procedimiento Tributario – Facultades de los órganos y Gestión Tributaria respecto a entidades acogidas a regímenes especiales del IS

📅 31 de enero de 2023

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Según la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) de 19 de diciembre de 2022, todas aquellas actuaciones que impliquen investigaciones o comprobaciones sobre obligados tributarios acogidos a los regímenes especiales previstos por la normativa del Impuesto sobre Sociedades, deben ser llevadas a cabo por los órganos de inspección, sin que los órganos de gestión tributaria sean competentes. Este criterio está en línea con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, nacida con la sentencia de 23 de marzo de 2021, que ya anunciamos en diversos Flashes Fiscales.

Ahora bien, el TEAC va más allá y manifiesta que ello no obsta para que comprobaciones que nada tienen que ver con el régimen especial, aunque la sociedad objeto de comprobación tribute en régimen especial, a criterio de este TEAC, puedan ser realizadas por los órganos de gestión tributaria.

 

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