IRPF – Exención por trabajos en el extranjero: ¿Computan los fines de semana?

📅 2 de junio de 2022

🕓 min de lectura

La Dirección General de Tributos (DGT), en su consulta vinculante V0111-22, de 24 de enero de 2022, ha considerado que cuando los días de viaje al extranjero de un trabajador (ida y vuelta) son fin de semana SÍ deben computar como efectivamente trabajados para aplicar la exención del art. 7 p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), siempre que no permanezca en el extranjero por motivos particulares.

 

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